ACTAS DE LAS X JORNADAS NACIONALES DE DERECHO PROCESAL (in Spanish)
Coordinador : Fernando Orellana Torres
Synopsis "ACTAS DE LAS X JORNADAS NACIONALES DE DERECHO PROCESAL (in Spanish)"
Existe un consenso en orden a que deben celebrarse todas las iniciativas que aporten en general al desarrollo del conocimiento científico del Derecho, sin que importe su formato, el modo en que se verifique, o el número de académicos y público que participe, pero con mayor entusiasmo se deben celebrar los tareas que se emprenden y que importan en definitiva un sacrificio mayor, como es el caso de la materialización del libro respecto del cual se me concede el honor de presentar, lo que agradezco con humildad y emprendo con entusiasmo.
Lo que en estos momentos tienen en sus manos corresponde a un trabajo colectivo presentado en una actividad que se desarrolló en el Centro Cultural de la Ilustre Municipalidad de San Pedro de Atacama, una locación que en escasas oportunidades es considerada para tales fines, y que en este sentido debe ser evidencia con estruendo en contraste al silencio del desierto que le albergara.
La iniciativa fructificó al amparo del evento de derecho procesal más antiguo e importante de nuestro país, los días 19 y 20 de Octubre de 2023, organizado en esta ocasión por la Universidad Católica del Norte, bajo la responsabilidad y trabajo incesante del académico Fernando Orellana Torres, que dedicó dichas jornadas, a la discusión y análisis de la jurisdicción y sus desafíos en el contexto del siglo XXI, abordando temas de eficiencia, eficacia, políticas públicas, flexibilidad y proporcionalidad del proceso civil.
En este marco conceptual, que duda puede haber que la jurisdicción como centro de estudios ha ido conformando durante décadas una robusta y copiosa literatura jurídica vinculada a los problemas que se denuncian en forma previa, pero el enfoque de los distintos trabajos que en lo sucesivo se comentan entregan una mirada fresca a lo que ya se integra en los estudios doctrinales de los diversos procesalistas que se han ocupado de estos temas, desde la exegesis legal o desde el análisis jurisprudencial.
En este sentido, de obligatoria apertura y comentario resulta el trabajo de Fernanda Ignacia Aguirre Mussa, “Algunas ideas sobre inteligencia artificial y sana crítica” que nos acerca a la determinación de la idoneidad de la inteligencia artificial como herramienta para valorar la prueba en los procedimientos regidos por los límites de la sana crítica, aventurándose también en una conceptualización de lo que debemos entender por una herramienta procesal idónea. El artículo en referencia, resulta de la más paradigmática contingencia en los tiempos que nos ocupan y en los que vendrán inmediatamente, y tal vez las conclusiones pesimistas a las que arriba la autora, en orden a la idoneidad de dicho instrumento en la tarea jurisdiccional de valoración probatoria como cuestión ineludible a la decisión consecuente del caso concreto, corresponda a una mirada actual que necesariamente deberá ser revisada en atención al avance vertiginoso que como característica principal distingue a este tiempo a dicha tecnología. Lo anterior, sin perjuicio de los relevantes debates de orden ético de los que también deberá hacerse cargo no solo la doctrina sino que por cierto la legislación.
En este mismo orden de ideas, Constanza León Montero, en su artículo “Inteligencia artificial y proceso: una (breve) defensa del factor humano”, se cuestiona sobre el uso de la inteligencia artificial en el proceso, en rigor, en la actividad jurisdiccional desarrollada por los juzgadores en cada caso, proponiendo dos tesis en favor de dicha hipótesis, la primera de ellas de orden económico, y la segunda vinculada a la objetividad de la decisión, las que se encarga de refutar en favor de la humanidad de los juzgadores.
A las visiones relacionadas previamente, adhiere el aporte de Benjamín Ubilla Morales, con su texto “Justicia telemática post covid-19: un análisis de cara a la normalidad y una mirada a soluciones comparadas”, donde se ocupa del uso de la comparecencia remota por videoconferencia habiendo finalizado la crisis del Covid-19, centrándose en su utilización en situaciones extraordinarias y su expansión a determinados procedimientos y situaciones, aportando con soluciones del derecho comparado, y el correcto alcance limitador con que viste sus reflexiones desde el respeto a los derechos y garantías de las partes, con un correcto énfasis en el derecho probatorio y la argumentación jurídica.
Desde la perspectiva del debido proceso, y en particular del derecho a un tribunal natural, el artículo de Sergio Gutiérrez Larraín y Josefa Quijada Martínez, “La creación de tribunales contencioso-administrativos especiales como garantía del principio de la unidad de jurisdicción”, nos acerca a los inveterados problemas en torno al ejercicio de la jurisdicción por parte de órganos administrativos, como asimismo a la unidad de jurisdicción y al principio de separación de poderes. El enfoque concernido del texto, acerca a consecuencias en el ámbito del análisis económico del derecho en su vinculación con el alto número de conflictos de esta naturaleza que no son absorbidos por una justicia administrativa especializada, sino destacando que los reclamos verificados en dicha sede, solo atiborran la jurisdicción ordinaria, y si bien los autores proponen como una posible solución la creación de tribunales contencioso administrativos especializados, dicha solución constituye una tarea que encargada al legislador, constituye una solución de lege ferenda, con los problemas propios que puede enfrentar iniciativas legislativas de esta naturaleza, no solo por los consensos a que obligan dichas propuestas sino además por los recursos de todo orden que se encuentran implicados en en ellas.
Una de discusión largo aliento es la que enfrenta el ámbito de las garantías penales y su posible aplicación en el derecho administrativo sancionador, disputa que se refresca con la mirada de Javiera Aguirrezabal y José Manuel Muñoz en su trabajo “Debido proceso en el procedimiento sancionador administrativo: desafíos y lecciones del proceso civil”, donde los cuestionamientos se ajustan ahora a las disposiciones que regulan la valoración de la prueba, contenidos en dicha normativa, y su evaluación con las Garantías inherentes al debido proceso. La denuncia que formulan los autores, se corresponden con la regulación vigente, en orden a que no se determina en ella, cuál es el sistema de valoración ni el estándar al que están sujetas las decisiones de la autoridad administrativa, déficit ambos que en esa consecuencia, dejen en manos del juez la integración de otras reglas a fin de salvar cuentos omisiones. No resulta algo baladí las falencias que denuncia el artículo, desde que en sede administrativa, civil, penal o cualquier otra, la decisión judicial probatoria representa un enorme ejercicio de poder y que por lo mismo debe ser controlado, teniendo presente para ello, tal como lo sostiene Gascón, que la teoría racional de la prueba, concibe a ésta como una actividad de conocimiento epistémico, institucional y subjetivamente limitada.
En esta misma línea, la rigurosidad del académico Jorge Larroucau Torres, nos invita en su artículo “Dos aplicaciones del artículo 3 bis del Código de Procedimiento Civil a propósito de la conciliación en los juicios de consumo y tributario”, a reflexionar sobre el contenido del deber que pesa sobre los juzgadores, de acuerdo a la regla en referencia, de promover la conciliación, lo que desde su mirada depende de varios factores, entregándose en su análisis solo a uno de ellos, esto es, a la distinción entre justicia ordinaria y especial, a partir de dos ámbitos de litigación: los conflictos colectivos de consumo y los juicios tributarios. Se identifican las razones por las cuales, en el primer caso, el proveedor tiene que aportar antecedentes relevantes sobre un potencial acuerdo antes de que se llame a conciliación y, en el segundo, los motivos por los cuales el régimen de la conciliación contempla la participación del juez y de una autoridad administrativa. Esto permite delinear dos aplicaciones concretas del deber de promover la conciliación en Chile. En términos reales, guarda razón el autor, cuando sostiene a priori en su trabajo que “uno de los requisitos para que la conciliación sea eficaz es un soporte dogmático que la haga inteligible”, el iter de su examen se ajusta a esta dimensión y se sostiene en la premisa que la conciliación – en la tradición procesal chilena -surgió en el contexto de los tribunales especiales y luego se integra a la justicia ordinaria, y como segunda premisa, que es en esta última donde reclama un contenido y unos límites diversos según el ámbito de la litigación en que se aplique.
Siempre en una mirada con perspectiva de futuro, encontramos el trabajo de Jaime Carrasco Poblete, “Críticas a la regulación de la intervención de terceros” que revela el déficit que presenta la legislación procesal civil vigente en orden a no regular ni explicar de un modo suficiente, las formas de intervención de un tercero que es cotitular de la acción o derecho ejercida por el demandante originario. Une a la omisión descrita, el nulo reconocimiento que tiene en el ámbito jurisprudencial, como en el texto regulativo procesal civil vigente, el tercero adhesivo litisconsorcial, lo que no se condice con el amplio reconocimiento en la legislación comparada y con el acierto que importaría satisfacer lo que se explicita como una necesidad, como ocurre con la pluralidad de legitimados que existen para ejercer la acción de interés colectivo y difuso en el ámbito del derecho del consumo y la acción reparatoria ambiental.
Una cuestión mas discutible es la modificación que se propone por el autor, a la legitimación del tercero coadyuvante respecto a la regla del inciso segundo del artículo 23 del Código de Procedimiento Civil, desde que dicha norma en su actual redacción, demanda que el tercero tenga comprometido un derecho y no una mera expectativa, situación que según la interpretación que realiza el articulista, dejaría en la indefensión a todos aquellos terceros coadyuvantes que tienen un interés digno de ser jurídicamente protegido pero que aún no constituye un derecho adquirido.
El catedrático de derecho procesal de la Universidad de Zaragoza, Juan F. Herrero Perezagua, nos invita en su artículo “Tendencias actuales de la configuración del proceso civil”, a recorrer la actual sistemática del proceso civil post pandémico, con los aportes que la tecnología a hecho, al menos como se reconoce en el plano del acceso a la justicia, lo que aborda en una perspectiva sistemática y crítica , buscando una reorganización administrativa, en pos de la agilización y simplificación del proceso.
En el ámbito del derecho de familia, sin duda el nuevo siglo ha importado nuevos desafíos para dicha jurisdicción, contexto en que se expone el trabajo de Yerko Sagredo Srdanovic y Francisca Valencia Arias, “Repensando el Interés Superior del Niño en el procedimiento de familia chileno”, los autores se entregan al análisis crítico de la situación jurídico-procesal que detentan los Niños, Niñas y Adolescentes, en el proceso de familia respecto de la satisfacción de su derecho a la representación judicial de sus intereses y a la figura del curador ad litem como garante de su interés superior, adhieren a la consideración que entrega el Comité de los Derechos del Niño, respecto a la forma tridimensional con que opera el interés superior, como norma de procedimiento, derecho y principio.
Más allá de reconocer los avances relevantes que ha tenido la recaudación por concepto de pago de pensiones alimenticias adeudadas en el sistema, José Pablo Cerón Errázuriz, Raimundo Osorio Geisse, y Maximiliano Valdés Saavedra, en su trabajo “Pensión de alimentos: posibles mecanismos de solución para los conflictos existentes en la actualidad respecto a su pago”, proponen una solución al no pago de dichos ítems, mediante el mecanismo de un embargo electrónico de cuenta corriente del deudor, con ciertas modificaciones respecto a la actual regulación.
La imparcialidad del juzgador como nota distintiva de una sociedad democrática, aparece recogido en el trabajo de Valentina Camus Ramírez y Florencia Pérez Natsiopoulos, “La independencia e imparcialidad del juzgador como garantía constitucional y propuesta de cambio al sistema legal”, texto en el que, sin perjuicio de admitir el reconocimiento de las garantías del debido proceso como la independencia e imparcialidad del juzgador en nuestra carta fundamental, como en distintos tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile, como en la legalidad vigente, lo que se manifestaría desde su perspectiva en diversas reglas que regulan las instituciones de nombramiento de jueces y las causales de implicancias y recusaciones, la tesis que se sostiene en el artículo es que dichos institutos resultan insuficientes para dichos fines, proponiendo soluciones alternativas o modificaciones a las reglas ya existentes en esos ámbitos.
El delito de narcotráfico sin perjuicio de representar una incidencia criminal de larga data, es durante este siglo que nuestro país lo ha visto desarrollarse con mayor intensidad y en asociación y vinculación a ilícitos de otra naturaleza como al crimen organizado, estos son los presupuestos fácticos y reglas sobre las que opera el artículo de Carla Galaz Olave, “Revelar el secreto: la cooperación del imputado como atenuante de responsabilidad penal en los delitos asociados al narcotráfico”. El texto pretende mediante fundamentos de orden legal, doctrinario y jurisprudencial, verificar una hermenéutica que permita dar aplicación conjunta a la atenuante general de responsabilidad penal contemplada en el numeral 9 del artículo 11 del Código Penal y la atenuante especifica que consagra el artículo 22 de la ley 20.000, texto que adelanta las modificaciones legales que sucedieron con posterioridad a la finalización del mismo, pero que mantiene su vigencia en tanto da cuenta de las tensiones que perduran pese a las últimas modificaciones legislativas
El conjunto de trabajos descritos, constituyen a priori un insumo para la cotidianidad de la labor que desarrollan jueces, abogados e intervinientes en general de los diversos procesos que se ejecutan diariamente en las distintas materias y problemáticas del quehacer jurisdiccional. Lo interesante de la obra, es que pese a la diversidad de temas que comprenden, todos pueden ser reconducidos no solo a los problemas de racionalidad implicados en la hermenéutica de las reglas incitas en cada decisión, sino que también a los problemas probatorios implicados en cada uno de ellos. En efecto, aunque varios de los textos, no hacen referencia a los presupuestos fácticos de cada decisión, resulta imposible para el juzgador del caso concreto, resolver el asunto, sin considerar todo lo relativo a la declaración de hechos probados que subyace en cada juzgamiento, pues ninguna disputa puede ser resuelta sin consideración a los elementos de juicio incorporados en el procedimiento, desde que la decisión sobre los hechos se adopta siempre en un espacio de incertidumbre fáctica, que muchas veces importan problemas iguales o mayores a la interpretación de las distintas reglas y principios en juego.
Finalmente, me resulta obligatorio agradecer a los autores y las autoras de esta obra, por su trabajo desinteresado, genuino y novedoso, que sin duda contribuirá en el avance de un sistema de justicia con sentido republicano y respetuoso de las garantías fundamentales y que propende a fomentar espacios de igualdad, respeto e inclusión para cada uno de sus justiciables.
Jaime Rojas Mundaca
Ministro Iltma. Corte de Apelaciones Antofagasta
Índice
PRÓLOGO 7
INTRODUCCIÓN 15
Breves reflexiones sobre las X Jornadas Nacionales de Derecho Procesal 17
Fernando Orellana Torres
Capítulo I
LA INDEPENDENCIA E IMPARCIALIDAD DEL JUZGADOR COMO GARANTÍA CONSTITUCIONAL Y PROPUESTA DE CAMBIO AL SISTEMA LEGAL
Valentina A. Camus Ramírez
Florencia A. Pérez Natsiopoulos
1. Introducción 22
2. Propuesta para la nueva constitución: reconocimiento expreso. 22
3. Regulación legal 29
Bibliografía 38
Capítulo II
PENSIÓN DE ALIMENTOS: POSIBLES MECANISMOS DE SOLUCIÓN PARA LOS CONFLICTOS EXISTENTES EN LA ACTUALIDAD RESPECTO A SU PAGO
José Pablo Cerón Errázuriz
Raimundo Osorio Geisse
Maximiliano Valdés Saavedra
1. Introducción 42
2. La pensión alimenticia en Chile 43
3. Intentos legislativos para lograr su cumlimiento 45
4. Posibles mecanismos alternativos para complementar la legislación 49
5. El embargo electrónico 50
6. Embargo electrónico continuo 52
7. Conclusión 54
Bibliografía citada 55
Capítulo III
INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y PROCESO: UNA (BREVE) DEFENSA DEL FACTOR HUMANO
Constanza León Montero
1. Introducción 57
2. Funcionamiento 60
3. Argumentos a favor de la aplicación de inteligencia artificial en el proceso 62
3.1 El factor económico 62
3.2 Objetividad de las máquinas 66
Bibliografía y fuentes consultadas 72
Capítulo IV
REPENSANDO EL ISN EN EL PROCEDIMIENTO DE FAMILIA CHILENO
Yerko Sagredo Srdanovic
Francisca Valencia Arias
1. Introducción 75
2. Planteamiento del problema 76
3. Isn como norma de procedimiento: nna como parte en el proceso 78
4. Isn como principio interpretativo: un imperativo en la labor jurisdiccional 81
Capítulo V
TECNOLOGÍA, INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y JUEZ
Diego Palomo Vélez
Diego Valdés Quinteros-
1. Introducción 86
2. Sobre la tecnología y la inteligencia artificial en general 87
3. Sobre la inteligencia artificial en el derecho y el sistema judicial 91
4. La ia ahí donde es útil sin mayores riesgos 95
5. Ia y garantías procesales, especialmente la motivación de la sentencia: trasparencia, responsabilidad y factor humano 98
6. A modo de cierre: la consideración del factor humano como control o límite a la inteligencia artificial 106
Bibliografía 110
Capítulo VI
TENDENCIAS ACTUALES DE LA CONFIGURACIÓN DEL PROCESO CIVIL
Juan F. Herrero Perezagua
1. La solución extrajudicial 115
2. La gestión activa del procedimiento 119
3. Pactos procesales 122
4. Instrumentos y medidas de especial protección para los sujetos vulnerables 126
5. Agilización y simplificación del proceso 131
6. Externalización 136
7. Reorganización 140
Bibliografía 142
Capítulo VII
JUSTICIA TELEMÁTICA POST COVID-19: UN ANÁLISIS DE CARA A LA NORMALIDAD Y UNA MIRADA A SOLUCIONES COMPARADAS
Benjamín Ubilla Morales-
1. Introducción 146
2. Una mirada al derecho comparado 149
2.1. Alemania 150
2.2. Costa Rica 151
2.3. España 151
2.4. Reino Unido 152
2.5. Uruguay 153
3. Comparecencia remota post Covid-19 en Chile 153
3.1. Uso a petición de parte y de oficio 154
3.2. Posibles aplicaciones de la comparecencia remota vía videoconferencia. 155
4. Respecto de la confiabilidad de la información: el problema con la tecnología deepfake 158
4.1. Un desafío para el derecho probatorio 159
4.2. Un desafío para la argumentación jurídica 161
5. Conclusiones 162
Bibliografía 164
Capítulo VIII
CRÍTICAS A LA REGULACIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE TERCEROS
Jaime Carrasco Poblete
1. El concepto de parte y de tercero 170
2. Las diferentes relaciones que pueden existir entre la situación jurídica que se debate entre las partes y la situación jurídica del tercero 174
3. La actual regulación de la intervención de los terceros es insuficiente porque no permite la protección de todas las situaciones en que se encuentra un tercero técnico en relación con la situación que debaten las partes 179
4. Breve noción sobre la intervención adhesiva litisconsorcial y su eventual aplicación en la legislación chilena 180
5. La legitimación del tercero interviniente (debe estar comprometido un derecho y no una mera expectativa) 182
6. El proyecto de ley de reforma procesal civil no soluciona el problema de la legitimación del tercero interviniente ni reconoce la especial intervención del tercero adhesivo litisconsorcial 186
Conclusiones 188
Bibliografía citada 188
Capítulo IX
REVELAR EL SECRETO: LA COOPERACIÓN DEL IMPUTADO COMO ATENUANTE DE RESPONSABILIDAD PENAL EN LOS DELITOS ASOCIADOS AL NARCOTRÁFICO
Carla Galaz Olave
NOTA DE LA AUTORA. 191
A MODO DE INTRODUCCIÓN: Los incentivos penales y el tráfico de drogas. 192
I. Protección de la salud pública como bien jurídico protegido. 195
1.1. Tráfico ilícito de estupefacientes y su protección penal. 197
1.2. Objeto material de este tipo de delitos. 199
1.3. Tráfico ilícito de estupefacientes en relación con el concepto de crimen organizado y el delito de asociación ilícita. 200
II. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. 202
2.1. La colaboración sustancial, del artículo 11 Nº 9 del Código Penal chileno, como atenuante de responsabilidad penal genérica. 203
2.2. La colaboración eficaz, como causal específica del artículo 22º de la Ley 20.000 de atenuación de responsabilidad penal. 205
III. Análisis Jurisprudencial. 209
3.1. Concepto de colaboración sustancial y cooperación eficaz. Una mirada desde la jurisprudencia chilena. 209
3.2. Jurisprudencia que admite la concurrencia copulativa de la colaboración sustancial y cooperación eficaz. 211
3.3. Jurisprudencia que no admite la concurrencia copulativa de la colaboración sustancial y cooperación eficaz. 213
CONCLUSIONES. 214
BIBLIOGRAFÍA CITADA. 217
Capítulo X
DOS APLICACIONES DEL ARTÍCULO 3 BIS CPC A PROPÓSITO DE LA CONCILIACIÓN EN LOS JUICIOS DE CONSUMO Y TRIBUTARIO
Jorge Larroucau Torres
1. Introducción 220
2. De la justicia especial a la justicia ordinaria 221
2.1. Un libro abierto 222
3. La conciliación en la litigación colectiva en consumo 224
3.1. La conciliación judicial 225
3.2. Los acuerdos extrajudiciales 227
3.3. Los límites al deber de informar del proveedor 229
3.4. ¿Es el acuerdo una solución residual? 230
4. La conciliación en la justicia tributaria 231
4.1. La conciliación tributaria después de las reformas de 2017 y 2020 233
4.2. El avenimiento extrajudicial 234
4.3. ¿Se puede conciliar en materia de impuestos? 237
5. Conclusiones 241
Bibliografía 242
Capítulo XI
ALGUNAS IDEAS SOBRE INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y SANA CRÍTICA
Fernanda Ignacia Aguirre Mussa
I. Inteligencia artificial: un sueño humano. 245
II. Una herramienta idónea 251
1. Economía procesal. 252
2. Eficacia de la norma 253
3. Garantías procesales 256
III. Valoración probatoria y sana crítica 258
1. Sana crítica 260
IV. Los problemas de las máximas de experiencia 262
1. La información que usa el sistema de inteligencia artificial 263
V. Conclusiones 268
Bibliografía 270
Capítulo XII
LA CREACIÓN DE TRIBUNALES CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOS ESPECIALES COMO GARANTÍA DEL PRINCIPIO DE LA UNIDAD DE JURISDICCIÓN
Sergio Gutiérrez Larraín
Josefa Quijada Martínez
1. Introducción 274
2. La unidad como característica de la jurisdicción 275
3. ¿Qué ocurre con los órganos administrativos que ejercen funciones jurisdiccionales? 277
4. ¿Por qué es importante la creación de tribunales contencioso-administrativos? 280
5. La falta de regulación de la justicia administrativa 286
6. Conclusión 288
Bibliografía citada 288
Capítulo XIII
DEBIDO PROCESO EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR: DESAFÍOS Y LECCIONES DEL PROCESO CIVIL
Javiera Aguirrezabal
José Manuel Muñoz
I. Introducción. 291
II. Procedimiento administrativo sancionador: importancia y potestad punitiva. 292
III. El Papel de la Ley 19.880 en la Salvaguarda del Debido Proceso Administrativo 295
1. El Derecho de Defensa en el Derecho Administrativo Sancionador. 297
2. La prueba en procedimientos administrativos sancionadores. 298
3. Regulación de la prueba en la ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos 299
IV. Propuesta para una eventual 302
1. Propuestas para una eventual modificación y reforma al procedimiento administrativo sancionador. 303
V. Conclusiones 306
VI. Bibliografía: 307